lunes, 23 de mayo de 2011

1.2 ELEMENTOS ACCIDENTALES DEL CONTRATO.

Elementos accidentales
Son aquellos que las partes establecen por cláusulas especiales, que no sean contrarias a la ley, la moral, las buenas costumbres, o el orden público. Por ejemplo: el plazo, la condición, el modo, la solidaridad, la indivisibilidad, la representación, etc.
En consonancia con la autonomía de la voluntad, los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por convenientes, siempre que no sean contrarios a la ley, la moral, los buenos usos y costumbres, o el orden público.
Formación del contrato

2 comentarios:

  1. ¿Claudio dona una hacienda a Pablo, disponiendo que le sea entregada cuando Claudio muera y Pablo deberá construir un mausoleo en honor a Claudio. Analice los elementos accidentales que están presentes en el negocio?

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